Conoce los requisitos para acceder al bono pensional!
Este proyecto propone que todos los adultos mayores de 65 años reciban una renta.
Este 22 de marzo se entregará al Congreso esta reforma pensional, de acuerdo al borrador encontramos:
Pilar Contributivo
Se integra por el Componente de Prima Media y el Componente Complementario de Ahorro Individual.
Pilar Solidario
Se compone por colombianos que residan en el territorio nacional y estén en condición de pobreza extrema, pobreza y/o vulnerabilidad.
Estas prestaciones se financiarán por recursos del Presupuesto General de la Nación y podrían ser cofinanciadas por recursos de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.
Para acceder a este pilar deberán:
1. Ser ciudadano colombiano.
2. Tener mínimo 65 años de edad.
3. Integrar el grupo de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad conforme a la focalización del Gobierno Nacional.
4. Acreditar residencia en el territorio colombiano mínimo de 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acceder a la Renta Básica Solidaria.
-Las personas que son beneficiarias del Programa Colombia Mayor no serán elegibles para el beneficio del Pilar Solidario continuarán recibiendo el subsidio y cuando cumplan los requisitos del Pilar, accederán al mismo. Los dos beneficios no pueden coexistir simultáneamente para una misma persona.-
El Gobierno plantea dar un beneficio superior al que se otorga en el programa Colombia Mayor, una renta básica de medio salario mínimo legal vigente de $223.000 que aplicaría a alrededor de $2,5 millones de personas en el país.
Pilar Semicontributivo
Este lo integran las personas afiliadas al sistema que a los 65 y 70 años de edad no hayan cumplido con los requisitos para acceder a una pensión contributiva habiendo cotizado en el sistema. Por ello, podrán acceder a un beneficio económico que partirá de los recursos del Presupuesto General de la Nación y con sus propios aportes mediante distintos mecanismos.
Para acceder a este pilar debe estar en alguno de estos grupos:
1. Ser colombiano residente mayor de 65 años que hayan contribuido al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez entre 150 y menos de 1.000 semanas y que sean elegibles para el Pilar Solidario
2. Ser colombiano residente mayor de 65 años que hayan contribuido al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez entre 150 y menos de 1.000 y no sean elegibles para el Pilar Solidario.
- Personas cuyo ingreso sea inferior a un salario mínimo legal mensual vigente y que realicen aportes de acuerdo con su capacidad económica a través del BEPS.
Sabremos el 22 de marzo la reforma definitiva pensional.