Tips para Entidades Sin Ánimo de Lucro
¿Eres una ESAL?
- Recuerda los plazos para continuar en el régimen tributario especial a través de la actualización de registro web.
- Según la sentencia C-022 del 29 de enero de 2020 de la corte constitucional, no será necesario reportar en el registro web la identificación de los donantes.