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Ago112021
Empresarial

Ampliación de Licencia de Paternidad & Creación de Licencia Parental Compartida

De acuerdo a la Ley 2114 de 2021, se amplía la licencia de paternidad y crean la licencia parental compartida. Nombramos algunos puntos tocados en esta ley.

  • La licencia de maternidad seguirá siendo de dieciocho (18) semanas.
  • La licencia paternidad sera de dos (2) semanas.
  • La EPS sera la encargada de el reconocimiento económico de la licencia de paternidad.
  • La licencia de paternidad se ampliará en una (1) semana adicional por cada punto porcentual de disminución de la tasa de desempleo estructural comparada con su nivel al momento de la entrada en vigor de la presente Ley, sin que pueda superarse las cinco (5) semanas.

Igualmente se tendrá la posibilidad de tener licencia parental compartida con los siguientes requisitos:

  • El tiempo de la licencia parental compartida se contará a partir de la fecha del parto, salvo en los casos el médico haya determinado que la madre deba tomar entre una y dos semanas de licencia previas a la fecha probable del parto.
  • La madre como mínimo deberá disfrutar de las primeras doce (12) semanas después del parto, las restantes seis (6) semanas podrán distribuirse entre la madre y el padre.
  • El acuerdo entre madre y padre deberá estar autorizado por el médico.

Se establece además el concepto de licencia parental flexible de tiempo parcial. La madre y/o el pare podrán optar por ésta en la cual podrán cambiar un período determinado de su licencia de maternidad o paternidad por un período de trabajo de medio tiempo, equivalente al doble del tiempo correspondiente al período de tiempo seleccionado.

  • Se establecen medidas antidiscriminatorias en materia laboral.
  • Prohibición en solicitud de prueba de embarazo para el ingreso o permanencia en cualquier actividad laboral.
  • Prohibición de realizar preguntas en procesos de selección de vinculación laboral, acerca de los planes reproductivos.
Licencia de Paternidad

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